(Washington D.C.) – Los legisladores hondureños deben rechazar un proyecto de reforma constitucional que daría carácter permanente a las restricciones severas que ya existen sobre los derechos reproductivos y la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo, señaló hoy Human Rights Watch.
El 21 de enero, el Congreso aprobó en su primera lectura una reforma que aumentaría el número de votos que se necesitan en el Congreso para reformar dos artículos de la Constitución que prohíben el aborto y el matrimonio entre personas del mismo sexo. Aumentaría la actual mayoría exigida de dos tercios a tres cuartas partes de los votos de la legislatura, lo cual haría sumamente difícil la posibilidad de que en el futuro se reformen estas disposiciones. Para su ratificación, la reforma que se propuso aún debe superar una segunda votación. El próximo período de sesiones legislativas empezará el 25 de enero.
“Las leyes draconianas de Honduras ya prohíben el aborto, incluso en casos de violación e incesto, cuando está en riesgo la vida o la salud de la persona o cuando el feto no tiene posibilidades de vida extrauterina”, explicó Ximena Casas, investigadora de derechos de la mujer en las Américas de Human Rights Watch. “Este decreto hará que sea prácticamente imposible implementar las recomendaciones de múltiples órganos internacionales de derechos humanos que instan a Honduras a poner fin a estas violaciones en derechos reproductivos”.
En Honduras ya existe la prohibición total del aborto en todas las circunstancias. El Código Penal hondureño prevé penas de hasta seis años de prisión para las personas que se sometan a abortos y para los profesionales médicos que los practiquen. El gobierno también prohíbe la anticoncepción de emergencia o “pastilla del día después”, que puede evitar el embarazo luego de una violación, tras mantener relaciones sexuales sin protección o cuando falla un método anticonceptivo.
Honduras también prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. La reforma constitucional de 2005 prohíbe reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo, incluidos aquellos contraídos en otros países. Honduras también prohíbe a las parejas del mismo sexo la posibilidad de adopción.
“Al intentar bloquear en forma permanente y total cualquier posibilidad de acceder al matrimonio para las parejas del mismo sexo, el Congreso hondureño está consolidando la homofobia avalada por el Estado”, apuntó Cristian González Cabrera, investigador sobre derechos de lesbianas, gais, bisexuales y personas transgénero (LGBT) de las Américas en Human Rights Watch. “En un país donde las personas LGBT ya enfrentan altos niveles de violencia y discriminación, este intento de reforma constitucional transmite el mensaje de que su estigmatización podría incluso agravarse”.
En la actualidad, todos los cambios constitucionales deben ser ratificados por una mayoría de dos tercios en el Congreso para surtir efectos. El 21 de enero, el Congreso aprobó con carácter preliminar la reforma luego de una sesión de debate, pese a que sus normas de procedimiento exigen tratar los proyectos en tres debates, a menos que existan motivos de “urgencia”.
La Comisión Especial responsable de tratar la reforma constitucional propuesta realizó una consulta a organizaciones feministas el 19 de enero. Una activista dijo a Human Rights Watch que se les informó sobre la consulta con menos de 24 horas de antelación. Una organización que trabaja por los derechos de las personas LGBT contó a Human Rights Watch que no se consultó a las organizaciones LGBT.
La reforma viola las normas internacionales de derechos humanos, que establecen que negar a mujeres y niñas el acceso al aborto constituye una forma de discriminación y pone en riesgo una multiplicidad de derechos humanos. El proyecto se refiere de manera engañosa al artículo 4(1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que protege el derecho a la vida. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido de manera contundente que el artículo 4(1) no reconoce un derecho absoluto a la vida antes desde la concepción. La corte también ha concluido que el embrión no puede considerarse un ser humano a efectos del artículo 4(1).
Human Rights Watch ha realizado investigaciones sobre la prohibición del aborto en Honduras y ha sido testigo de las consecuencias devastadoras de tal prohibición. Human Rights Watch entrevistó, entre otras, a una mujer que se vio obligada a tener el hijo del hombre que la violó; una mujer que se enfrentaba a la posibilidad de ir a la cárcel tras haber tenido un aborto espontáneo; una pastora a favor del derecho a decidir que ha enfrentado amenazas de muerte por su activismo y una médica que no siempre puede actuar en beneficio de sus pacientes.
La penalización del aborto no impide que las personas interrumpan embarazos no deseados. Simplemente las obliga a poner en riesgo su salud y su vida para interrumpir embarazos en entornos inseguros, sumidas en la desesperación y con el temor de enfrentar acciones penales, sin acceso a atención médica.
Según el Guttmacher Institute, en los países donde el aborto está prohibido o solamente se permite para salvar la vida de la persona embarazada, las tasas de aborto son mayores que en aquellos donde se permite el aborto. El Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas estimó durante su visita a Honduras en 2018 que cada año se producen en el país entre 51.000 y 82.000 abortos inseguros.
La Comisión Especial que se ocupa de revisar la reforma constitucional propuesta destacó que “creando un blindaje constitucional que imposibilite legalizar la práctica del aborto” es, en parte, una respuesta a los avances en “Puerto Rico, Cuba, Uruguay y últimamente Argentina”. Esto, sumado a la movilización impulsada por grupos religiosos, sugiere la existencia de un esfuerzo coordinado dentro de Honduras para que sea más difícil que el país se sume a otros que están logrando avances en el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos sobre el tema.
Con respecto al matrimonio entre personas del mismo sexo, el proyecto de ley viola los estándares regionales de derechos humanos que prohíben tratar arbitrariamente de manera distinta a las parejas del mismo sexo, incluso en lo referente a los derechos matrimoniales. En una opinión emblemática de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresó que todos los derechos aplicables a las relaciones familiares de las parejas heterosexuales debían extenderse a las parejas del mismo sexo. Esta opinión resulta aplicable los 23 Estados Parte, incluido Honduras.
Asimismo, con esta ley Honduras quedaría rezagada respecto de los países vecinos. Varios de los vecinos de Honduras han dado cumplimiento a la opinión interamericana. En 2018 y 2019, respectivamente, los tribunales constitucionales de Costa Rica y Ecuador se pronunciaron a favor del matrimonio igualitario, y citaron para esto la opinión interamericana. Estos adelantos dieron continuidad a una oleada de avances previos en América Latina, donde Argentina, Brasil, Colombia y Uruguay reconocieron el matrimonio entre personas del mismo sexo antes de que el órgano interamericano emitiera su opinión. En México, en 20 estados se reconoce el matrimonio igualitario, mientras que en otros estados las parejas del mismo sexo pueden casarse, pero deben antes obtener una autorización judicial.
El propio Código Penal de Honduras prohíbe negar el acceso a servicios públicos por motivos de orientación sexual o identidad de género. También prohíbe incitar a la discriminación.
“Esta propuesta de reforma constitucional representa un intento para bloquear los avances constitucionales, largamente relegados, que vemos en gran parte de la región Latinoamericana en materia de derechos sexuales y reproductivos y matrimonio entre personas del mismo sexo”, apuntó Casas. “El Congreso de Honduras debe reconocer que el acceso al aborto y al matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra protegidos por el derecho internacional de los derechos humanos y rechazar esta reforma abusiva”.